este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02 la ADMITE, y en consecuencia, a los fines de proveer sobre la presente solicitud, ORDENA: 1). oficiar a la Consultora Judicial Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, a los fines de que informe la direccion de la ciudadana BENEDICTA ROSALES de CAMPOS, titular de la cedula de Identidad N° 9.205.425, madre de los referidos menores.- 2). Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud. 3) Igualmente se ordena aperturar una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana BENEDICTA ROSALES de CAMPOS, titular de la cedula de Identidad N° 9.205.425, madre de los referidos menores, con el monto del referido cheque, en la Agencia Bancaria Banfoandes, Barcelona, la cual no podar ser movilizada sin la autorización de este Tribunal, correspondiéndole al Departamento de Contabilidad librar el oficio correspond.....