Por todo lo anteriormente expuesto, este tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda incoada por la ciudadana: KEILA DEL VALLE SALAZAR DE GARCIA, plenamente identificada en autos, en representación de su adolescente hija:, en consecuencia de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones que involucren a niños y adolescentes y que va dirigido al desarrollo integral de los menores, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, en concordancia a lo establecido en el del Parágrafo Primero literal "E" del mencionado artículo, es decir, la condición específica de los niños y adolescentes como personas en desarrollo, de conformidad co.....