Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia N° 693 de fecha 02/06/2015 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES BOLIVAR CHACIN Y JUAN PABLO FUENTES LUCIANI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NROS. V-23.754.543 y V-20.375.185, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio JENNY KARINA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de i.....