Trascrito el referido artículo, la conducta asumida por la parte solicitante en el presente asunto, se subsume en el contenido del mismo, por el transcurso de más de un (01) año de paralizada la causa, por lo que este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la Solicitud de CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO, incoada por el ciudadano LUIS RAMON ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.977.364, asistido por la Abogada en ejercicio MARLIS ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.978, a favor del beneficiario NICOLA DE GREGORIO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.907.622, de conformidad con lo dispue.....