III
DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara éstas actuaciones suficientes para acreditar la presente SOLICITUD DE JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, a la ciudadana AURA DEL ROSARIO ROMERO CALZADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.968.833, que para fines legales que le concierne como lo es dejar constancia sobre la posesión de un vehículo automotor con las siguientes características: Marca: FORD, Serial de carrocería: 8XDZU77E158A37028, Modelo: EXPLORER AUTO, Año: 2005, Tipo: SPORT WAGON, Placa: AET29M, Color: BEIGE, Serial del motor: 5A37028, dejando a salvo los derechos de terceros; y se advierte, que la presente basada en declarac.....