Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ LICCIEN BRITO contra la Alcaldía del Municipio Anaco, en consecuencia se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos: 30 días de preaviso artículo 125, ordinal ¿b¿ de la Ley Orgánica del Trabajo Bs.540.000, 85 días antigüedad legal artículos 108 de la Ley Orgánica del Trabajo Bs.1.530.000, indemnización artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo Bs.540.000, 33,33 vacaciones fraccionadas Bs.659.880, 12,5 días de bono vacacional Bs.247.500, 55 días de utilidades fraccionadas Bs.990.000, 55 días de incidencia utilidad/ antigüedad Bs.166.320, 55 días incidencia bono vacacional/ antigüedad Bs.42.619,50, lo cual totaliza la cant.....