Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda de Divorcio, presentada por el ciudadano VÍCTOR SEGUNDO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.711.197 y domiciliado en Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado GERSON CELESTINO MENESES, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.804, en contra de la ciudadana ALIONUSKA ARIZA RICO, colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E ¿ 81.265.250 y domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui. Así se decide