Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE CAPTURA POR INCUMPLIMIENTO en contra del imputado MANUEL DE JESUS GAMBOA GONZALEZ, identificado anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículos 46 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la anterior Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio LA COLECTIVIDAD. Líbrense los oficios correspondientes a los órganos policiales y de seguridad del Estado, participándoles de la presente decisión. Cúmplase.