En base a las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente señaladas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Revocada la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de febrero de 2013.
Segundo: Ordena al Tribunal a-quo, pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción de Amparo Constitucional intentada por la Abogada Yeanet María Narváez Salazar, defensora de la ciudadana Misula Del Valle Cermeño de Rondón, ambas ya identificadas, contra la ciudadana Ekmeira Josefina Santamaria de Areyan, ya identificada, de conformidad con la presente decisión.