Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de cuerpos de los ciudadanos MARIA EUGENIA PERDOMO ENIS y ANTONIO JOSÉ GARCIA PICO, antes identificados, y DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de septiembre del año 2.001, según consta de Acta N° 279, acompañada a los autos en copia certificada.- Así se decide.-