Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad ejercido por el Abogado José Antonio Rodríguez Guerra en su condición de apoderado judicial de la Asociación Civil de Propietarios del Complejo Turístico el Morro (APMO), contra el acto administrativo Nº PC-003316-2006, de fecha 18 de diciembre de 2006, emanado de la Dirección de Planeamiento Urbano de la Alcaldía del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, mediante la cual se le otorgó un permiso de construcción a la Sociedad Mercantil SORAVES C.A,