En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR presentada por LUIS ENRIQUE RAMOS DELFIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.318.245, domiciliado en calle Miranda N°34 Las Delicias, Puerto la Cruz, del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio CAROLINA CONTRERAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.427, en contra de la ciudadana: EYLEEN EUMAR MAGALLANES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.229.206, domiciliada en Calle Ayacucho, Casa N° 36, Sector Portugal Abajo, Barcelona, Municipio Bolívar del estado Anzoátegui, en beneficio de la .....