SE ACORDÓ El REINICIO de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de SIETE (07) MESES, consistente en mantener un régimen de estudio, debiendo consignar cada tres (03) meses constancia de estudios y una vez que cumpla con esta medida deberá iniciar el cumplimiento sucesivo de la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DIECISEIS (16) MESES, establecidas en el artículo 620 literal b y d, en concordancia con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta por este Tribunal de Ejecución, al ciudadano V.M.I.M., (SE OMITEN DATOS FILIATORIOS), por la comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal y el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de Jennifer Cheremo, Adrián Oro.....