Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de la ciudadana ADELFINA JACQUELINE CAICAGUARE ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.233.955, de este domicilio, en contra de la ciudadana LUISA ELENA VALDERREY MILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.241.180 y de la ASOCIACIÓN CIVIL CONJUNTO RESIDENCIAL ROSA MISTICA, inscrita en fecha 23 de Marzo de 2005, bajo el N° 38, protocolo primero, Tomo 28, Primer Trimestre del año 2005, por FRAUDE PROCESAL Y NULIDAD DE TRANSACCIÓN, en consecuencia, PRIMERO: se declara NULA la TRANSACCIÓN celebrada en fecha 02 de junio del año 2008, en el expediente Nº BP02-V-2004-000331, nomenclatura del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial de.....