Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se decreta el ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones correspondientes al proceso penal seguido contra el ciudadano antes identificado, y en consecuencia SE DECLARA EL CESE de la condición de imputado del ciudadano CARLOS ALBERTO VELASQUEZ COROY,, identificados al principio de la resolución por la comisión del delito de por la comisión de los delitos por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGIA, AMENAZA Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, tipificado en los artículos 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente D.B.A.R (identidad omitida),así como t.....