PRIMERO: se ADMITE la presente demanda de JUICIO EJECUTIVO interpuesta por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 13-06-2013, por el abogado JUAN ELIEZER RUIZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.813.253, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.42.693, actuando en su carácter Apoderado Judicial del Municipio Bolívar del Estado Monagas, solamente contra la Sociedad Mercantil LICORERIA LA ESPERANZA DE JESUS BARRETO, C.A., Inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 25 de Mayo del año 2005, bajo el No. 46, Tomo A-8; y debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30075102-3, domiciliada en la Calle Principal de la Palencia, Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas. Así se decide.-
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda de Juicio Ejecutivo contra el ciudadano JESUS BARRETO GONZALEZ, vene.....