En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana IRIS MARIA RANGEL.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, y a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 4 de la Ley de Règimen Peniteciario, y sea borrada de las pantallas de los Organismos Policiales, en relación a la presente causa.
Remitase en su oportunidad al Archivo Judicial, a los fines de su guarda y custodia.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado. Dr. JOSE LUIS AZUAJE, a la Defensa DR. ELISEO MORFEE RUIZ, a la ciudadana IRIS MARIA RANGEL. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01,
DRA. YDANIE.....