actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ANTONIETA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE ROSALES, a los ciudadanos FRANCISCO RAMÓN ROSALES, FRANKLIM RAMÓN ROSALES RODRÍGUEZ, FRANCISCO JOSÉ ROSALES RODRIGUEZ, ZULAY DEL CARMEN ROSALES RODRÍGUEZ, FRANK CARLOS ROSALES RODRÍGUEZ, ZULEIMA ROSALES RODRÍGUEZ, antes identificados, en su condición de esposo e hijos de la de cujus, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.