Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos DIEGO ALEXANDER MARCANO VALDEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 21.067.367, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 11/02/1990, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Soldado, hijo de los ciudadanos Richard Marcano (v) y Milagro Valdez (V), domiciliado en los Mesones Barrio Bolívar, Calle Principal casa S/N, color Rosada, 0281-3329874, Barcelona, Estado Anzoátegui, y ALEXANDER JOSE MARCANO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.673.316, natural de Barcelona, donde nació en fecha 13/12/1988, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Aron Marcano (v) y Ester Quintana (F.....