Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento (cumplimiento voluntario del fallo) efectuado por la parte Demandada Ciudadano PADRO MARTINEZ, quien se encuentra presente, siendo asistido de abogado GERMAN JOSE MARCANO MEDINA, antes identificado y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 46.092, otorgándole al mismo efectos de Cosa Juzgada, todo ello conforme a las previsiones del Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el copiador respectivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Audiencia del Juzgado Séptimo de Primera Instancia d.....