En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano ROMAN FLORES MARCANO de quienes se desconocen otros datos filiatorios y dirección, por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES en perjuicio del Adolescente ANZONY WILL MANOSALVA MONSANTO, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Vigente para cuando se suscitaron los hechos. Todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Art. 320 del mismo Código. Notifíquese a las partes de la Decisión. Cúmplase