Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa de seguidas a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda CONCEDER al ciudadano ALEXANDER JOSÉ RIVAS GUEVARA, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 17.411.102, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-01-1985, de 23 años de edad, de Estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Domingo Rivas (V) y Lusila Guevara (V), residenciado en: Barrio José Antonio Anzoátegui, Casa Nº 52, Molorca, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, inserta en el Articulo 256 Ordinal 3°, 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en 1°) Presentación ante este Tribunal o la Oficina de Alguacilazgo cada (30) días, 2°) La Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del E.....