el Tribunal vista las declaraciones de los antes mencionados testigos, y la demás documentación acompañada al escrito de la solicitud, lo considera como plena prueba y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: Como Únicos y Universales Herederos del fallecido, ciudadano: JOSE ALVAREZ, a su esposa e hijos ciudadanos: MARIA SALOME MARIN DE ALVAREZ, ORLANDO JOSE, ENEIDA JOSEFINA, MAGALY DEL VALLE, BETZAIDA DEL VALLE, JOSE ANGEL, SILVANIA JOSEFINA y RAUL JOSE ALVAREZ MARIN; y de conformidad con la norma supra señalada, se dejan a salvo los derechos de terceros. Se deja copia certificada de este Decreto en el Archivo de este mismo Tribunal y se acuerda expedir por Secretaría cuatro (04) Juegos de Copias certificadas de todo el expediente, incluyendo el presente decreto, tal y como fue solicitado en el último aparte del escrito de la s.....