Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por la sociedad mercantil "INVERSIONES A-1423, C.A., Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 24 de agosto de 2004, bajo el Nº 38, Tomo A-54, en contra de la sociedad mercantil CROVEN SERVICIOS MARÍTIMOS, C.A., Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de mayo de 1999, anotado bajo el Nº 2, Tomo 28, domiciliada en Avenida Francisco de Miranda, Edificio Perú, Piso 5, Oficina 58. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por hab.....