DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida a la ciudadana MARIA SANCHEZ (sin otros datos filiatorios), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el Articulo 418 del CODIGO PENAL para el momento de la perpetración del hecho, cometido en perjuicio de los ciudadanos INGRID MAGDALENA BRITO, FAVIANA JOSE SANTAMARIA y JOSE GREGORIO SANTAMARIA, titulares de las Cédulas de Identidad N° 14.012.549, Indocumentada y 10.298.492, en su orden; de conformidad con los Artículos 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 Ordinal 5° del Código Penal. Regístrese. Notifíquese. Remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.-