DECISIÓN:
En virtud de lo expuesto por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, interpuesta por el ciudadano ORLANDO ASUNCIÓN MARTÍNEZ, representado por el abogado William Díaz Díaz, contra de la empresa PDVSA, PETROLEO y GAS, S.A, representada por los abogados María Nancy Veiga de Olleros, José Manuel Olleros Castro y otros, todos identificados en autos.
En consecuencia, considera que el despido fue INJUSTIFICADO y ordena el reenganche del trabajador a sus labores habituales y el pago de los salarios caídos. Con respecto a este último punto en aplicación de la sentencia producida por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social de fecha 28 de octubre de 2003, expediente Nro. AA60-S 2003-.....