Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor de la ciudadana DAISY DEL VALLE GUEVARA SALAZAR, portadora de la cédula de identidad N° V-16.817.536, de 29 años de edad, de profesión u oficio Del Hogar, residenciada en la Calle Real, Chorrerón, Callejón 23 de Enero, Guanta, Estado Anzoátegui, extensible a esposo FERNANDO JOSÉ RONDÓN CÓRDOBA,, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Guanta, Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana DAISY DEL VALLE GUEVARA SALAZAR, extensible a esposo FERNANDO JOSÉ RONDÓN CÓ.....