En consecuencia, con base a lo antes expuesto resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Inadmisible la presente acción de Tercería, interpuesta por el ciudadano JOSE FERNANDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.160.321, debidamente asistido por el abogado VICTOR ALFREDO PRIETO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 76.580; en contra de la ciudadana ANNY CARDONA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.177.793, como en efecto así se decide.-