EL Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de la causa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Entrega Material solicitada por la Sociedad Mercantil Distribución Oriental del Papel, C.A, registrada en fecha 05 de Octubre de 1.995, por ante la Oficina del Registro Mercantil Tercero del Estado Anzoátegui, bajo el No. 10, tomo A, a través de sus apoderados judiciales abogados Teodulo González, María A. Hernández y Ramón Tovar, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nos. 98.232, 100.117 y 26.917 respectivamente, en contra de los ciudadanos Luís J. Márquez Mago y Francis del V. Velásquez de Márquez, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.871.839 y 3.762.532 y domiciliados en la ciudad de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, y se ordena a las partes en conflicto dirimir tal problemática en la.....