Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud ), presentada por la ciudadana SABRINA SABELYS SALAZAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.930.228, domiciliada en: Avenida Principal, Sector 2, Vereda 17, Casa Nº 19, Urbanización Boyacá II, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Publica Primera de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, Abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY,. SEGUNDO: Designar a la ciudadana SABELYS SABRINA SALAZAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédul.....