este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia proferida por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 09 de diciembre de 1999, en el juicio por calificación de despido incoado por el ciudadano la ciudadano ASDRUBAL SIMOSA, contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA SAL BAHIA, C.A., ya identificados, con fundamento a lo establecido en los artículo 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, firme la sentencia apelada.