Por las consideraciones que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente Solicitud de Divorcio de Hecho, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos LUÍS MIGUEL GARCÍA y LUZMERY DEL VALLE GONZALEZ, ambos plenamente identificados; y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionado el día ocho de diciembre de dos mil tres, por ante la Parroquia san Joaquín del Municipio Anaco del estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada en el Libro Original de Actas de Registro Civil de Matrimonio, llevado por ese Despacho durante el año 2003, anotada bajo el Nº 97, Folios 301, 302 y 303, y así se decide.-