Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la Demanda de Contenido Patrimonial y Honorarios Profesionales, por Inepta Acumulación de Pretensiones, interpuesto por el ciudadano Julio José Muñoz Zerpa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.658.082, y con domicilio en la ciudad Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistido por la ciudadana Reimar Martínez, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 227.817, contra la SOCIEDAD MERCANTIL PETROLEOS DE VENEZUELA S.A (PDVSA).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Notifíquese a la parte actora de la presente decisión.
CUARTO: Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial en su oportunid.....