Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, solicitado por el Fiscal Vigésimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a favor del ciudadano RAMON ANTONIO GUZMAN RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.274.003, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la ciudadana BEATRIZ CELESTINA CANACHE, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 300, numeral 3 y numeral 8 del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 numeral 5 del Código Pe.....