Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: RAFAEL ANTONIO GUERRA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.508.450 y RAFAEL IGNACIO GUERRA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.939.243, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta: RAIZA JOSEFINA TORREALBA DE GUERRA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.912.654, y quien falleció en fecha Dieciséis (16) de Febrero del año 2012, falleció Ab Intestato en la Clínica Santa Rosa de la ciudad de El Tigre del Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-