DECRETA: el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano: AURA JOSEFINA PUERTA CARABALLO, titular de la cedula de Identidad Nº 9.667.772 , Residenciada en LA MORITA, CALLE VENEZUELA, N° 138, MARACAY ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, FUGA DE DETENIDO Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, cometido en perjuicio del ciudadano RICHARD EDUARDO VIELMA, con la anuencia del Fiscal 25º del Ministerio Público y a solicitud de la Defensora Publica conforme al Artículo 43 en concordancia con el artículo 49 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 300 Ordinal 3° Ejusdem. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo a los fines de notificar que al mismo se le decretó el Sobreseimiento y el Cese de las Medidas. De igual manera se oficia a los cuerpos policiales respectivos a los fines de informarle que este Tribunal decreto el Sobreseimiento del referido ciudadano a los fines de que sea borrado de pant.....