Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS LUIS ROJAS LARA, en su carácter de defensor del ciudadano JOSÉ LEONIDES GAETANO ESPINOZA, contra la sentencia definitiva publicada por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre en fecha 12 de julio de 2007, mediante la cual condenó al referido ciudadano, a cumplir doce (12) años de presidio, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso JOSÉ LUIS TABARE TOCUYO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 452, numerales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se CONFIRMA .....