DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 272 Constitucional, en concordancia con el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo al Principio de Progresividad, establecido en los artículos 7 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario, se otorga el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado EDUARDO LUIS CURBATA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.839.949, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nació el día 07-12-0989, de 20 años edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pintor, hijo de Nelson Antonio Mejìas y Celia Teresa Curbata, residenciado en: Sector Virgen del Valle, calle el Milagro, casa S/N, Vía Cruz Verde, cerca del peaje Los Mesones, Barcelona, Estado A.....