Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, por EXTINCIÓN de la ACCIÓN PENAL por haber operado la prescripción de la misma; solicitado por el Representante de la Fiscalia del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; a favor de los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA), anteriormente identificados, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 460, del Código Penal Vigente para el momento de ocurrir los hechos que nos ocupan, cometido en perjuicio del ciudadano JULIO MANUEL MAZA ROJAS, y en consecuencia se pone termino al presente proceso. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 561 literal d, 615, 628 de la Ley Orgánica P.....