En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente demanda de Divorcio, intentada por la ciudadana Lisbeth Coromoto Herrera Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.792.845, en contra del ciudadano Bill Robinsón Mora Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.474.939; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los antes mencionados ciudadanos, en fecha 18 de diciembre de 2004, por ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta de acta de matrimonio, acompañada a los autos en copia certificada.- Así también se decide.-