esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de DIVORCIO CONTENCIOSO, presentada por el Abogado en ejercicio BELTRAN JOSE LUNA PRIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.713, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: LISBETH DEL CARMEN OSUNA BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.077.373, domiciliada en la Calle Traven, Casa Nº52, Barrio Mariño, Puerto la Cruz, Municipio sotillo del Estado Anzoátegui contra el ciudadano JOVANNYS RAFAEL BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.791.043, donde se encuentra involucrado el adolescente: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la .....