Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por el ciudadano JESUS RAMON GOMEZ BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.631.026, debidamente asistido por el abogado en ejercicio PEDRO ANTONIO MARCANO SIVIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.108, contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 24 de Mayo de 2.016, la cual declaró: SIN LUGAR la pretensión de Retracto Legal, interpuesta por el ciudadano Jesús Ramón Gómez Benitez, en contra de los ciudadanos Jonathan Daniel Mejías Pérez y Abelardo de Jesús Noguera Rumbo.-