En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA PENA CORPORAL, impuesta a los penados EDMUNDO ANTONIO SEMERENE LANZA Y MAXIMO RAMIREZ HERNANDEZ, continuándose con la Ejecución de la Pena Accesoria de la sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, hasta el día 02-06-2007, artículo 16 del Código Penal, de conformidad con el Articulo 105 del Código Penal,
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz, a objeto que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre los referidos ciudadanos, en relación a la presente causa. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado.....