Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la oposición presentada por la ciudadana Maxivil Elena Hernández, parte co-demandada, en consecuencia, se mantiene la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal, mediante auto de fecha 10 de febrero de 2010, sobre un inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el número 5-2-1, piso 2, del Edificio 5, del Conjunto Residencial "Guaica Suite", con el número catastral 032101UR100208050201, ubicado en la Avenida Américo Vespucio del Complejo Turístico El Morro, del Municipio LIc. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, el cual tiene una superficie aproximada de cincuenta y tres metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (53,50Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con la fachada No.....