En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional que ejerciere el ciudadano Lorenzo José Bastardo Yánez, titular de la cédula de identidad N° 12.978.325, contra la Sociedad Mercantil Huabei Petroleum Services, S.A.
SEGUNDO: Se le advierte al agraviante, que la totalidad de los actos y obligaciones de hacer contenidas en la presente decisión son de inmediato e impretermitible cumplimiento, so pena de incurrir en desacato, tal como lo dispone el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al establecer para este tipo delictivo la pena de prisión de seis (6) a quince (15) meses.
TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa,.....