Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos ZULY MARY BRICEÑO SÁNCHEZ y EDUARDO ALESSANDRO NAVAS RAMÍREZ, antes identificados, contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia J.J. Osuna, Rodríguez, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha cinco (05) de mayo del año Dos Mil (2000), tal como se evidencia de Acta de Matrimonio N° 15, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante esa Prefectura Civil y que en copia certificada corre a los autos. Así se decide.-