Este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Oída la exposición libre y voluntaria del acusado JONATHAN JOSE PARIMA QUIARO, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la Ciudadana Y. DEL V. G. M. siendo la presente sentencia CONDENATORIA; en consecuencia este Tribunal pasa imponer la pena que a continuación se pasa a calcular de la forma siguiente: para el delito de VIOLENCIA SEXUAL, LA PENA ES DE DIEZ (10) A QUINCE (15) AÑOS. En relación al procedimiento especial por admisión de los hechos, este Tribunal de Juicio, en consideración a las circunstancias de comisión descrita en los hechos objeto de la acusación Fiscal, debidamente admitida, to.....