DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados YARITZA DEL VALLE SANABRIA CABELLO, YULIO RAMÓN VIZCAÍNO LÓPEZ y ROXANNY CAROLINA BALBOA MAGALLANES, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 18.568.644, 19.316.283 y 20.342.409, en su orden, por la presunta comisión del delito de FACILITADOR EN FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el articulo 242 ordinal 3º de Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.