Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se decreta LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor de los Imputados: JEANCARLOS JOSE ESCALONA OLLARVES, Venezolano, Natural de Maracay, Estado Aragua, titular de la Cédula de Identidad N° 17.315.411, nacido en fecha 29-05-80, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los Ciudadanos: LUIS ESCALONA Y CRISTELA ALLARVES, residenciado en: CAMPO ALEGRE, CALLE LOS CEDROS, Nº 22, Maracay, Estado Aragua y HARRINSON HOMMY GUILLEN MUJICA, Venezolano, Natural de Maracay, Estado Aragua, titular de la Cédula de Identidad N° 16.205.300, nacido en fecha 26-02-81, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los Ciudadanos: PEDRO GUILLEN Y GLADYS MUJI.....