En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA PENA que le fuere impuesta al penado FRANKLIN ALEANNY RAMIREZ BARRIOS, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, donde nació el 18-07-1970, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio recepcionista, titular de la cédula de identidad N° 8.273.922, hijo de BARBARA TERESA BARRIOS y MARTIN RAMIREZ, domiciliado en la Calle Bolívar, Casa N° 10-8, Barrio Cayaurima, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 112, Ordinal 1° del Código Penal, quedando extinta la responsabilidad penal del referido ciudadano con todos los pronunciamientos de Ley.
Líbrense las correspondientes boletas de Notificación al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a.....